Publicar convocatoria a asamblea y balances
en Argentina: Gestión Completa 100% Online
Avisos societarios en el diario de publicaciones legales y en diarios de circulación general. Cotización en minutos.
- +30 años de experiencia
- Agencia Oficial de todos los diarios
- Gestión 100% online
- Mejor precio garantizado
La convocatoria mal publicada invalida la asamblea
Este es el rubro donde más caro sale improvisar. Una convocatoria publicada fuera de plazo, con menos días de los que corresponde o en un medio que no cumple el requisito legal, expone la asamblea a impugnación. Y una asamblea impugnada arrastra todo lo que se resolvió en ella.
El artículo 237 de la Ley General de Sociedades fija el esquema:
Sin la publicación —y sin la constancia que la acredita— el expediente no avanza. No se puede pedir la declaratoria de herederos hasta que el plazo de citación esté cumplido y acreditado en autos.
Es, en la práctica, el trámite que marca el ritmo de toda la sucesión.
- Primera convocatoria
- Publicación durante cinco días
- Con diez días de anticipación como mínimo y treinta como máximo
- En el diario de publicaciones legales
- Y además, para las sociedades del artículo 299, en uno de los diarios de mayor circulación general de la República
- Segunda convocatoria
- Publicación durante tres días
- Con ocho días de anticipación por lo menos
Cuando el estatuto lo permite, puede convocarse simultáneamente en primera y segunda convocatoria, respetando el intervalo que fija la ley.
Al cotizar te confirmamos las fechas de salida y verificamos que la anticipación respecto de la fecha de asamblea esté dentro de los márgenes legales. Si no da, te avisamos antes.
¿Tu sociedad está comprendida en el artículo 299?
Es la pregunta que define si necesitás uno o dos medios. Están comprendidas, entre otras, las sociedades que hacen oferta pública de sus acciones, las que tienen capital superior al monto que fija la autoridad, las de economía mixta, las que explotan concesiones o servicios públicos y las controlantes de o controladas por alguna de ellas.
Si estás comprendida, no alcanza con el diario de publicaciones legales: hay que publicar además en un diario de mayor circulación general del país.
Si tenés dudas sobre en qué categoría cae la sociedad, consultanos antes de publicar. Es una consulta de dos minutos que evita rehacer toda la convocatoria.
¿Qué otros avisos societarios gestionamos?
Además de convocatorias y balances:
- Constitución de sociedades (art. 10 LGS) — SA, SRL y SAS
- Designación y cesación de autoridades
- Reforma de estatuto o contrato social
- Cambio de sede social
- Aumento y reducción de capital
- Cesión de cuotas de SRL — con el detalle de transferente, adquirente y cantidad de cuotas que exige la IGJ
- Disolución y designación de liquidador
- Fusión y escisión
- Balances de entidades financieras y de otras entidades obligadas
- Aviso de reducción voluntaria de capital con el plazo de oposición de acreedores
Muchos de estos avisos combinan varios actos en una misma publicación (por ejemplo, designación de autoridades más cambio de sede más reforma de estatuto). Cotizamos el aviso combinado, que sale bastante menos que publicar cada acto por separado.
¿Qué necesitamos para cotizar?
- El texto del aviso en Word o PDF
- La fecha de la asamblea, si es una convocatoria
- El tipo societario y si la sociedad está comprendida en el art. 299
Con eso te damos precio final, cantidad de días y fechas exactas de salida.
Para contadores y estudios societarios
Si manejás varias sociedades, trabajamos con cuenta profesional:
- Facturación consolidada mensual en lugar de un comprobante por aviso
- Calendario de convocatorias: nos pasás las fechas de asamblea y coordinamos las salidas hacia atrás, respetando los plazos del art. 237
- Textos tipo guardados para reformas y designaciones recurrentes
- Un asesor asignado
Preguntas Frecuentes
¿Con cuánta anticipación hay que publicar la convocatoria a asamblea?
En primera convocatoria, entre diez y treinta días antes de la asamblea, publicando durante cinco días. En segunda convocatoria, ocho días de anticipación y tres días de publicación.
¿Dónde se publica la convocatoria?
En el diario de publicaciones legales que corresponda a la jurisdicción. Las sociedades del art. 299 deben publicar además en un diario de mayor circulación general del país.
¿Qué pasa si publico con menos anticipación de la que corresponde?
La convocatoria queda expuesta a impugnación, y con ella las decisiones que tome la asamblea. No es un defecto que se subsane después: hay que volver a convocar.
¿Puedo convocar en primera y segunda convocatoria a la vez?
Sí, cuando el estatuto lo autoriza y se respeta el intervalo legal entre ambas.
¿Dónde se publica el balance de una sociedad?
Depende del tipo de entidad y de la normativa que la alcanza. Las entidades financieras tienen un régimen propio de publicación. Contanos qué tipo de entidad es y te confirmamos el requisito exacto.
¿Cuánto sale publicar una convocatoria?
Depende del diario y de la extensión del texto. Los avisos societarios se cotizan por centimetraje o por palabra según el medio, así que el precio varía bastante con la redacción. Mandanos el texto y te damos el número.
¿Publican en el Boletín Oficial?
Sí. Boletín Oficial de la Nación, de la Provincia de Buenos Aires y de CABA, además de los boletines provinciales.