Publicar edicto de transferencia de fondo de comercio

Cinco días de publicación según la Ley 11.867. Cotización en minutos, gestión 100% online.

Por qué la publicación no es opcional

La Ley 11.867 no trata la publicación como un trámite formal. La trata como la condición para que la venta sea oponible a terceros.

El artículo 2 es explícito: la transmisión de un establecimiento comercial o industrial —por venta, por cualquier otro título oneroso o gratuito, en forma privada o en remate público— solo puede efectuarse válidamente respecto de terceros previo anuncio durante cinco días en el Boletín Oficial y en uno o más diarios del lugar donde funcione el establecimiento.

Los edictos irregulares —incompletos, en la jurisdicción equivocada, o sin todos los datos que exige la ley— se tienen por no publicados. Y sin publicación válida, el comprador puede quedar respondiendo por deudas del vendedor que creía haber dejado atrás.

Es el rubro donde un error de cincuenta pesos en el aviso puede costar una deuda entera.

¿Qué debe contener el edicto?

  • Clase y ubicación exacta del negocio que se transfiere
  • Nombre y domicilio completos del vendedor
  • Nombre y domicilio completos del comprador
  • Nombre y domicilio del rematador y del escribano, cuando intervengan

Si el texto que nos mandás omite alguno de estos datos, te lo señalamos antes de publicar. Preferimos frenar una publicación un día que dejarte con un edicto que se tiene por no hecho.

Los plazos que vienen después

La publicación es el punto de partida de un cronograma que conviene tener claro:

EtapaPlazoNorma
Publicación de edictos5 díasArt. 2
Oposición de acreedores10 días desde la última publicaciónArt. 4
Embargo del acreedor que se opuso20 días desde la notificaciónArt. 5
Inscripción en el Registro Público10 días desde el instrumentoArt. 7

Durante el plazo de oposición no puede pagarse el precio al vendedor ni disponerse de los bienes. Por eso las fechas de salida de los edictos no son un detalle administrativo: definen cuándo se puede cerrar la operación.

Al cotizar te damos las fechas exactas de publicación para que el escribano o el estudio puedan armar el cronograma sobre datos ciertos.

¿Dónde hay que publicar?

En dos lugares, no en uno:

  1. El Boletín Oficial de la Capital Federal o de la provincia que corresponda.
  2. Uno o más diarios del lugar donde funciona el establecimiento. No sirve cualquier diario: tiene que circular normalmente en esa jurisdicción. Un aviso publicado solo en un diario porteño para un local de Córdoba es un aviso mal publicado.

Publicamos en el Boletín Oficial de la Nación, de la Provincia de Buenos Aires y de CABA, y en más de 200 diarios nacionales, provinciales y del interior. Decinos dónde funciona el negocio y te decimos cuál es el medio correcto y cuánto sale.

Para escribanos, contadores y estudios

Si gestionás varias transferencias por mes, trabajamos con:

  • Cotización sobre texto tipo, sin volver a cero en cada operación
  • Cronograma de fechas entregado junto con el presupuesto
  • Facturación consolidada mensual
  • Un interlocutor fijo, no una mesa de entrada rotativa

Preguntas Frecuentes

¿Cuántos días hay que publicar la transferencia de un fondo de comercio?

Cinco días, según el art. 2 de la Ley 11.867. Y en dos medios: Boletín Oficial y diario del lugar donde funciona el establecimiento.

No. La ley exige ambos. Publicar en uno solo equivale a no cumplir el art. 2.

Se considera no publicado y hay que rehacer la publicación completa. Por eso revisamos el texto contra los requisitos del art. 2 antes de enviarlo.

Recién vencido el plazo de diez días desde la última publicación sin oposiciones, o cumplidas las retenciones que correspondan si hubo oposición.

El certificado digital de publicación y los ejemplares de los diarios, para presentar ante el escribano, el Registro Público o quien lo requiera.

Sí. El aporte de un fondo de comercio a favor de una sociedad también requiere la publicación del art. 2. Cotizamos igual.

Coordinamos la primera salida generalmente dentro de las 48 horas hábiles de confirmado el texto y el pago. Los cinco días de publicación corren desde ahí.

Mandanos el texto y te damos precio y cronograma

Cotización en minutos, con fechas exactas de publicación para que puedas planificar el cierre de la operación.

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