Publicar edicto de ciudadanía

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Dos días de publicación en un diario de tu jurisdicción, según el art. 11 de la Ley 346. Cotización en minutos.
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¿Qué cambió en 2026?

Durante 2025 y parte de 2026 el trámite de ciudadanía por naturalización dejó de ser judicial: el Decreto 366/2025 lo trasladó a la Dirección Nacional de Migraciones y lo convirtió en una gestión administrativa y digital. Al desaparecer el expediente judicial, desapareció también la orden de publicar edictos.

El 30 de junio de 2026, la Cámara Nacional Electoral declaró la nulidad de ese decreto. El tribunal entendió que el otorgamiento de la ciudadanía está directamente ligado a la adquisición de derechos políticos y que, por lo tanto, es materia electoral, vedada a los decretos de necesidad y urgencia.

  • La competencia vuelve a los jueces federales con competencia electoral, como fue desde 1869.
  • Se restablecen los requisitos de la Ley 346 y su decreto reglamentario, entre ellos la publicación de edictos.
  • La CNE notificó la decisión a todos los juzgados federales con competencia electoral del país para unificar criterios.

Si iniciás el trámite ahora, el camino es judicial y muy probablemente el juzgado te va a ordenar publicar el edicto. Si lo habías iniciado ante Migraciones, consultá con tu abogado el estado del expediente: puede corresponder su reubicación ante el juzgado federal.

¿Cuántos días se publica el edicto de ciudadanía?

Dos días.

El art. 11 de la Ley 346 (texto según Ley 24.951) establece que, recibida la petición, se ordenará la publicación de edictos por dos días en un periódico de circulación en la jurisdicción del domicilio real del peticionante, con los datos de la solicitud, para que cualquier persona pueda deducir oposición fundada contra la concesión.

  1. El diario tiene que circular donde vivís vos, no donde está el juzgado ni donde te queda cómodo. Si vivís en La Matanza, el diario tiene que circular en La Matanza.
  2. Son dos días, no cinco. Si alguien te cotizó cinco publicaciones, te está cobrando de más o está trabajando con información desactualizada.

¿Qué necesitamos para cotizar?

La orden del juzgado federal con el texto del edicto, en Word, PDF o foto legible.

Si todavía no la tenés y estás averiguando cuánto va a salir, escribinos igual: te damos un rango estimado y te explicamos qué esperar del trámite.

¿Cómo funciona el proceso de publicación?

Desde tu casa u oficina • 100% online

1

Enviás la orden del juzgado.

Por WhatsApp, email o formulario. No hace falta que vengas.

2

Cotizamos en minutos.

Precio final, fechas de salida y diario. Te sugerimos el medio más económico que cumpla el requisito de circulación en tu jurisdicción.

3

Publicamos y te damos el comprobante.

Recibís el certificado digital y el ejemplar del diario para presentar en el juzgado.

Preguntas Frecuentes

¿Se sigue publicando el edicto de ciudadanía en 2026?

Sí. Tras el fallo de la Cámara Nacional Electoral del 30 de junio de 2026, el trámite volvió al ámbito judicial y con él la publicación de edictos prevista en la Ley 346.

Dos, según el art. 11 de la Ley 346.

En un periódico que circule en la jurisdicción de tu domicilio real. No cualquier diario sirve. Te asesoramos sobre cuál es el más conveniente y económico que cumpla ese requisito.

La CNE ordenó unificar criterios entre los juzgados federales del país, y tu expediente puede requerir reubicación ante el juzgado federal correspondiente. Conviene consultar el estado puntual con un abogado. Nosotros publicamos el edicto cuando el juzgado lo ordene.

Ante el juez federal con competencia electoral de tu jurisdicción, igual que antes del Decreto 366/2025.

Para publicar el edicto, no: alcanza con la orden del juzgado. Para el trámite de ciudadanía en sí, es un proceso judicial y conviene contar con patrocinio letrado.

Depende del diario y de la extensión del texto. Es uno de los edictos más económicos porque son solo dos publicaciones y el texto es breve. Mandanos la orden y te damos el precio exacto en minutos.

Generalmente publicamos dentro de las 48 horas hábiles de confirmado el texto y el pago.

Certificado digital de publicación y el ejemplar del diario.

¿Ya tenés la orden del juzgado?

Mandanos el texto y recibí la cotización en minutos. Y si todavía estás averiguando cómo sigue tu trámite después del fallo, escribinos igual: te orientamos sin cargo.

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